Editorial |
A. Hernández Hernández
Tesorero de la SEPEAP
«La Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y de Atención Primaria (SEPEAP) tiene una larga trayectoria histórica, con las diferentes vicisitudes a lo largo de su dilatada existencia, fue creada en fecha 23 de febrero de 1983 como una sociedad sin ánimo de lucro, y como tesorero recién llegado a esta Sociedad, quiero hacerles un pequeño homenaje recordando y comentando brevemente cómo ha ido evolucionando a lo largo de estos años la situación administrativa de este cargo. Pido perdón de antemano por si pudiera cometer imprecisiones, omisiones o algún error ajeno a mi voluntad" |
HISTORIA DE TESOREROS Y TESORERÍA
La Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y de Atención Primaria (SEPEAP) tiene una larga trayectoria histórica ya comentada de forma exhaustiva, en editoriales previos, por el Dr. José del Pozo Machuca (Director Fundador de Pediatría Integral, Presidente de Honor de la SEPEAP)(1) con las diferentes vicisitudes, a lo largo de su dilatada existencia, desde que quedó constituida según lo referenciado, y como se recoge en sus estatutos, Capítulo I, Artículo 1º: “Nacida de la SECCIÓN DE PEDIATRÍA EXTRAHOSPITALARIA de la Asociación Española de Pediatría (A.E.P.), que fue creada en fecha 23 de febrero de 1983, en el seno de la misma, estructurada el 25 de febrero de 1984, por acuerdo de su Comisión Gestora y aprobada, como Sección Científica de la A.E.P., en Asamblea General de la A.E.P., celebrada en Puerto de la Cruz (Tenerife), el día 29 de octubre de 1984, durante la XVII Reunión anual.”
Como cualquier otra sociedad sin ánimo de lucro, se ha de regir por lo dispuesto en el Artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquella, así como las disposiciones normativas concordantes.
De acuerdo con estas disposiciones, toda asociación ha de tener sus estatutos y estos deberán contener los siguientes requisitos: “los órganos de gobierno y representación, su composición, reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, sus atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados órganos queden válidamente constituidos, así como la cantidad de asociados necesaria para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o de proponer asuntos en el orden del día.”
Conforme a lo dispuesto, se citan las funciones que han de cumplir los diferentes cargos directivos de una entidad asociativa: presidente, vicepresidente, tesorero y secretario. Me centraré en la figura del tesorero de la junta directiva de la Asociación, que como el resto, ejerce una actividad de una importante responsabilidad: está en sus manos la correcta gestión del soporte económico de la misma. En los estatutos de nuestra Sociedad, en su Artículo 27º, se especifican sus funciones. Corresponde al tesorero:
• Recaudar los fondos de la Asociación, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por la Junta Directiva.
• Efectuar los pagos, con el visto bueno del Presidente.
• Intervenir con su firma todos los documentos de cobros y pagos, con el conforme del Presidente.
• La llevanza de los libros de contabilidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en plazo y forma, de la Asociación.
• La elaboración del anteproyecto de Presupuestos para su aprobación por la Junta Directiva, para su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma, se procederá con arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobación anual por la Asamblea.
• Cualesquiera otras inherentes a su condición de tesorero, como responsable de la gestión económica y financiera.
Los tesoreros se han ido relevando a lo largo del tiempo, al igual que los demás miembros de las diferentes juntas. En este editorial, me gustaría como tesorero recién llegado a esta Sociedad, hacerles un pequeño homenaje recordando y comentando brevemente cómo ha ido evolucionando a lo largo de estos años la situación administrativa de este cargo, en relación con los cambios políticos, económicos y legislativos. Pido perdón de antemano por si pudiera cometer imprecisiones, omisiones o algún error ajeno a mi voluntad.
En la primera junta directiva (junta Gestora de 1984), fue tesorero el Dr. Miguel Cruz Caballero (Sevilla), con el Dr. Francisco Prandi i Farrás (Barcelona), como presidente, y el Dr. José del Pozo Machuca (Sevilla), como secretario general. Se mantuvo como tal, al igual que el presidente y el secretario, hasta 1993 en el que hay cambio de junta. La tesorería recae entonces en el Dr. Francisco Muñoz García, la presidencia en el Dr. José del Pozo Machuca y la secretaría en el Dr. Antonio González-Meneses. El tesorero permanece en dicho cargo hasta 1997, siendo sustituido en la asamblea de ese año por el Dr. Manuel Casanova Fernández, que perdura en dicho cargo hasta el 2001 junto al presidente anterior, aunque hubo cambio de secretario en la asamblea de 1999, en la que se incorpora el Dr. Fernando Malmierca Sánchez, que con posterioridad pasará a ocupar la presidencia en la asamblea de 2001. En esta ocasión, se nombra tesorero al Dr. José Luis Bonal Villanova y secretario al Dr. Horacio Paniagua Repetto.
Durante estos años, las leyes y normativas de las asociaciones empresariales y profesionales hacían referencia más bien a las de tipo sindical (Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical). Así, las funciones del tesorero consistían en gestionar y dirigir los asuntos relacionados con los movimientos económicos o flujos monetarios, con registros de entradas y salidas en los libros correspondientes, y rendir cuentas en cada asamblea, sin que fuesen obligatorias las auditorías de tipo fiscal o externas.
El Dr. Bonal fue tesorero hasta la asamblea de 2005, en la que pasa a ocupar el cargo de presidente, y asumiendo la tesorería el Dr. Antonio Redondo Romero, que ocuparía dicho cargo hasta 2009, pasando la secretaría a la Dra. Carmen Gancedo García.
Es a partir del año 2002, con la promulgación de diferentes leyes que pretenden regular la actividad de las asociaciones sin ánimo de lucro (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación ya mencionada; y el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública), así como con las normativas y leyes autonómicas al respecto (en 2003 Canarias, 2007 País Vasco, y 2008 Cataluña y Comunidad Valenciana), cuando el cargo de tesorero adquiere una responsabilidad de gestión y fiscalización externa que obliga a la “profesionalización”, dado que escapa del ámbito de la gestión “doméstica”, como bien comentaba en una ocasión el Dr. Bonal: “somos profesionales de la Pediatría, no gestores fiscales, independientemente de las aptitudes que cada cual tenga para dicho cargo.”
En esa época, se hizo necesario en todas las asociaciones, incluidas las regionales, de la que tengo experiencia directa, acudir, dejarse asesorar y vincular los asuntos económicos de la tesorería a manos expertas en trámites fiscales, sin perjuicio de las responsabilidades y actividades específicas de los tesoreros, debiendo llevarse de manera exquisita y cuidadosa, apoyados en las nuevas tecnologías, que sin lugar a duda son una gran ayuda, pero no exentas de riesgo por todos conocido.
En la asamblea de 2009, se le asigna el cargo a un nuevo tesorero, al Dr. Luis Sánchez Santos, que sigue con el mismo equipo hasta la asamblea de 2011, en la que asume el cargo de secretario el Dr. Juan Carlos Silva Rico, sustituido posteriormente por el Dr. Cristóbal Coronel en la asamblea de 2015. En el Congreso de las Palmas de 2013, resulta elegido como presidente el Dr. Venancio Martínez Suárez. El Dr. Sánchez, permanece como tesorero hasta la asamblea de 2017, en la que hay elecciones a la Junta Directiva, conformándose el nuevo equipo con el Dr. Anselmo Hernández Hernández como tesorero, el Dr. Fernando García-Sala Viguer como presidente y el Dr. Coronel como secretario.
Desde 2014, se han producido una serie de cambios en la fiscalidad de las asociaciones sin ánimo de lucro. Con la Ley 27/2014, y la posterior corrección que se hizo en el Real Decreto-Ley 1/2015, las entidades a las que se hace referencia en la normativa están obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades y declarar todas sus rentas, tanto las exentas como las no exentas.
Dentro de este grupo se encuentran las asociaciones y entidades no lucrativas (musicales, gastronómicas, de teatro, de danza…), clubes deportivos, etc. Así, a partir del periodo impositivo que se inició el 1 de enero de 2016, todas las asociaciones y entidades no lucrativas están obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades, aparte de otras muchas obligaciones fiscales en relación a la contabilidad, los libros de registros, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), las retenciones, el Impuesto por Actividades Económicas (IAE), etc.
Por lo tanto, en estos últimos años, la exigencia y legislación fiscal con respecto a las asociaciones sin ánimo de lucro, entre ellas las asociaciones científicas, se ha incrementado de forma considerable y el tesorero se convierte, no solo en el que efectúa pagos, registra ingresos, elabora facturas, y realiza todas las obligaciones que le son específicas, y que se recogen en el Artículo 27º de los estatutos ya mencionado, sino también en el transmisor fidedigno de esos movimientos de cuentas de la asociación a la asesoría fiscal contratada para que con ellos pueda elaborar toda la documentación fiscal a presentar en los órganos oficiales correspondientes.
Bibliografía
1. Del Pozo Machuca J. Editorial. Historia de la SEPEAP, 30 años desde su fundación. Pediatr Integral. 2015; XIX(3): 162-7.